17.7.10

Objeción de conciencia

La objeción de conciencia es el rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por ser éstas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona. Puede plantearse ante cualquier tipo de mandato que se derive del ordenamiento jurídico
La objeción de conciencia , puede aplicarse para el caso del matrimonio igualitario
lanacion.com | Información general | S�bado 17 de julio de 2010

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